Por: Víctor Torres Montalvo / Twitter: @motinsitepegas
Foto: Adrián Rivera Ferrán/Pulso Estudiantil
El Tribunal de Apelaciones de San Juan informó hoy que el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico (UPR) tiene que reanudar clases en su campus, tras revisar la prueba en el caso Menéndez v. UPR y revocar la decisión del Tribunal de Primera Instancia (TPI) en San Juan.
El recinto tendría que acatar la decisión en o antes del jueves, 11 de mayo de 2017, a las 6:00 de la mañana.
«Se le ordena al Recinto de Río Piedras y a la Universidad de Puerto Rico, a través de su presidenta interina y rectora interina, a no más tardar el jueves, 11 de mayo de 2017, a no más tardar las seis de la mañana (6:00 a. m.), a proveer los cursos en el calendario académico del presente semestre universitario y a reestablecer el acceso al recinto, todo ello en cumplimiento con sus deberes ministeriales a los cuales se comprometieron con el estudiantado», lee la sentencia firmada per curiam por el juez Roberto Rodríguez Casillas, la jueza Laura Ivette Ortiz Flores y el juez Fernando Bonilla Ortiz.
La decisión de 46 páginas, que reconoce la importancia socioeconómica que tiene la UPR en el país, señala que el TPI erró al concluir que las medidas tomadas por la presidenta interina, Nivia Fernández, y la rectora interina, Carmen Rivera Vega, no han encarrilado una conversación que tomen en cuenta el interés de querer tomar clases y de mantener los portones cerrados.
«Determinamos que las gestiones realizadas por la parte apelada no han tenido el efecto de balancear los intereses públicos con aquellos de los estudiantes. De esta manera, concluimos que la administración universitaria ha incumplido con sus deberes ministeriales», apunta el documento.
Los jueces añaden que le toca a los demandados «velar por que los estudiantes y demás personas que participen del paro no limiten con su conducta el ejercicio de los derechos de los demás estudiantes y personal de la UPR», describiendo que específicamente a Fernández le toca implementar y cumplir los objetivos universitarios.
Además, a la Junta de Gobierno (JG) se le ordena supervisar el funcionamiento de la academia y a Rivera Vega que atienda el conflicto.
Se hace constar, igualmente, que la parte demandante «demostró la existencia de un deber ministerial incumplido» por parte de la administración, mientras que la parte demandada «no logró establecer las razones para el incumplimiento de sus deberes ni una imposibilidad real por la cual no pudiera llevarlos a cabo».
Por la misma línea, se indica que las altas cúpulas de la UPR deben diseñar un plan que satisfaga los intereses de los estudiantes «que quieran entrar al Recinto a tomar sus clases y proveer un espacio para que los estudiantes y/o personas que deseen participar del paro, así lo hagan».
De igual forma, Apelaciones concluyó que el TPI erró al no expedir un injuction preliminar basándose en que las personas que están impidiendo el paso en los portones no estaban incluidos en la demanda. «Concluimos que los terceros que se encuentran impidiendo el acceso al Recinto no son parte indispensable, ante las obligaciones entre las partes del presente pleito».
Se ordenó una vista de seguimiento para el próximo martes, 16 de mayo, para que el TPI certifique que se cumplieron con las disposiciones de la orden. Asimismo, una alegación a la sentencia deberá presentarse en o antes del próximo viernes, 12 de mayo.
Una sentencia per curiam se dicta cuando los jueces, o juezas, que intervienen y verifican un caso llegan a una conclusión unánimemente.
El recinto riopedrense está en paralización desde la decisión de la Asamblea General de Estudiantes —el 28 de marzo— de decretar un paro hasta el 5 de abril, donde en Asamblea Nacional nueve de los once recintos del Sistema UPR decidieron irse de huelga.
Desde entonces, dentro y fuera de los alrededores del recinto se han celebrado días familiares, foros de la situación del país, discusiones en torno a la auditoría de la deuda, charlas sobre los movimientos y luchas estudiantiles, así como piquetes y marchas.
Por ejemplo, el recinto fue uno de los cuatro epicentros desde donde se salió la manifestación hasta la Milla de Oro este pasado 1 de mayo, día en que se celebró el Paro Nacional.
Revocación del Tribunal de Apelaciones en Demanda UPR by Victor Torres on Scribd