Por: Víctor Torres Montalvo / Twitter: @motinsitepegas
Foto: Adrián Rivera Ferrán/Pulso Estudiantil
La Universidad de Puerto Rico (UPR) presentó hoy una petición de certiorari, vía Moción de Auxilio en Jurisdicción, al Tribunal Supremo para que intervenga y paralice la orden del Tribunal Apelativo que dictaba abrir los portones del Recinto de Río Piedras porque le está «imposible» cumplirla.
La moción de la UPR, presentada vía su representación legal, el abogado Enrique Figueroa Llinás, se basa en cuatro errores del dictamen del Tribunal Apelativo. Estos son los siguientes:
- Erró el Apelativo en decidir que en el caso no faltaban más partes «indispensables»
- Erró el Apelativo al concluir que los demandantes cumplieron con los requisitos de notificación de mandamus
- Erró el Apelativo al concluir que los demandados no tomaron acciones «afirmativas conducentes a mantener el recinto abierto»
- Erró el Apelativo en no diferenciar la situación de la huelga de hoy y de la paralización que llevó al Supremo a decidir UPR v. Laborde (2010), al determinar que el «peso de lo allí resuelto» debía tener la misma conclusión en este pleito
En cuanto al primer error, los demandados indican que para que una orden de cesa y desista sea eficaz, «la misma tiene que estar dirigida a las personas que están incurriendo o permitiendo que otros bajo su control incurran en la conducta que persiguen detener».
Respecto al segundo, se describe que no hay constancia que la exrectora, Carmen Rivera Vega, recibió a la mano una carta de los demandantes indicándole los procesos judiciales que estaban por comenzar en su contra. Refutan, entonces, que Rivera Vega se enteró cuando ya se había radicado la demanda.
Detallando el error tercero, se avisó que «el hecho de que los resultados no hayan sido, hasta el momento, los que los recurridos desean no significa que los peticionarios estén incumpliendo con sus deberes ministeriales», tal como el Tribunal de Primera Instancia (TPI) lo dijo, según citaron.
Ante el último, Figueroa Llinás explicó que la «diferencia fundamental» entre este caso y Laborde es que en aquel se incluyó a los «estudiantes que impedían el acceso al recinto» y, así, el Supremo pudo accionar un recurso final y firme.
«Por todo lo cual, suplicamos al tribunal Supremo que revoque la sentencia del 5 de mayo del Tribunal de Apelaciones y confirme la sentencia parcial del TPI», lee la conclusión de la moción.
En el documento, la UPR señala que la orden, que les impuso desacato civil y una multa de $1,000 dólares por cada día que el recinto siga cerrado, «impone una obligación abstracta, impráctica e imposible de cumplir bajo las circunstancias imperantes. La misma ignora las condiciones existentes en los portones del Recinto de Río Piedras en estos momentos. Grupos […] se han apoderado de los accesos de entrada y salida del Recinto y, empleando violencia e intimidación, se niegan a permitir el acceso impidiendo de esta forma que se lleven a cabo las labores administrativas y académicas».
Igualmente, argumentan que «muchas demandan y reclamos de estos grupos […] se refieren a asuntos sobre los que los peticionarios no tienen injerencia ni control».
Asimismo, explicaron que otra de las razones por las que se le hace «imposible» cumplir con el foro judicial secundario es que la guardia universitaria no está «preparada» para poner en marcha una apertura y porque la Policía de Puerto Rico y su superintendenta, Michelle Hernández de Fraley, descartaron usar la Uniformada para acabar con la huelga en ese campus, que lleva ya 52 días paralizado.
Primera parte de petición de Auxilio al Tribunal, según suministrada by Victor Torres on Scribd
Segunda parte de petición de Auxilio al Tribunal, según suministrada by Victor Torres on Scribd
Tercera parte de petición de Auxilio al Tribunal, según suministrada by Victor Torres on Scribd
Cuarta parte de petición de Auxilio al Tribunal, según suministrada by Victor Torres on Scribd